Formas de Pago
Fraccionamiento del Pago del IBI
Nuestras ordenanzas permiten fraccionar el pago del IBI en 3 plazos dentro del ejercicio corriente anual sin ningún recargo ni coste alguno y dentro del periodo de pago (de septiembre a diciembre)
Sistema Especial de Pago
Permite fraccionar el pago del IBI en dos plazos JUNIO y NOVIEMBRE.
En este caso el primer plazo del pago del IBI se pasa al cobro el 1 de junio y el segundo plazo el 2 de noviembre, o siguiente día hábil si alguno de estos es festivo.
El fraccionamiento y el sistema especial de pago del IBI hay que solicitarlo todos los años y en los plazos establecidos para ello, estableciéndose como garantía la domiciliación del recibo o del pago a fraccionar.
Cuando una deuda esta sin pagar porque se ha terminado el periodo voluntario de pago y la deuda está ya en periodo ejecutivo, se puede solicitar igualmente el pago de la misma de forma fraccionada, tal y como recogen nuestras ordenanzas.
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